Una fundación es un tipo de ONG. Tal y como recoge la web del Ministerio de Cultura de España, una organización sin ánimo de lucro cuyo patrimonio está supeditado a la realización de fines de interés general. Carece de socios y funciona según se establece en sus estatutos, con arreglo a la ley vigente.
Una fundación ha de registrarse jurídicamente como tal y, entre otros, ha de perseguir objetivos que beneficien a colectivos de ciudadanos; en ningún caso a su fundador, a los patronos o a personas allegadas a los anteriores.
Los propósitos de las fundaciones son de tipo cultural, científico, laboral, deportivo, moral, etc. Las hay que, por ejemplo, fomentan valores como la tolerancia, mientras que otras promueven el desarrollo tecnológico, impulsan acciones relacionadas con la economía social o dedican sus esfuerzos a asistir sanitariamente a individuos desfavorecidos. Son sólo algunos ejemplos.
El hecho de que una fundación carezca de ánimo de lucro no la exime sin embargo de poder contratar trabajadores o incluso realizar actividades que generen excedentes económicos. Eso sí, éstos habrán de reinvertirse para la consecución de los fines establecidos.
La actual legislación obliga a las fundaciones a llevar un control estricto de la contabilidad.